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RITE · CTE · Madrid

Normativa para instalaciones solares
térmicas en piscinas

Toda instalación de calefacción solar para piscinas debe cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE) y, en la Comunidad de Madrid, con el Decreto 99/2024.

Marco legal

¿Qué normativa aplica a tu instalación?

Decreto 99/2024 (Comunidad de Madrid)

Exige que las piscinas al aire libre de nueva construcción o reforma cubran al menos el 60% de la demanda energética con energía solar. Las comunidades de propietarios pueden acogerse a deducciones fiscales. Máxima bonificación: 50% en el IBI.

RITE (RD 1027/2007)

El Reglamento de Instalaciones Térmicas establece los requisitos de eficiencia, seguridad y mantenimiento para instalaciones solares térmicas. Incluye la obligación de revisiones periódicas y certificación energética.

CTE DB-HE4

El Código Técnico de la Edificación, en su Documento Básico de Ahorro de Energía HE4, exige contribución solar mínima para agua caliente sanitaria y climatización de piscinas en edificios de nueva construcción.

Ley de Propiedad Horizontal

Las comunidades de propietarios pueden instalar sistemas solares comunes con mayoría simple si suponen un ahorro energético acreditado. La instalación no requiere acuerdo unánime.

Requisitos técnicos

Lo que exige la ley para tu instalación solar

RequisitoExigencia normativa
% demanda solar mínima (Madrid)≥ 60 % de la demanda anual
Rendimiento mínimo panel solar≥ 0,8 kW/m² (RITE)
Certificación obligatoriaFSEC, FSEC o equivalente (RITE)
Mantenimiento periódicoRevisión cada 2 años (RITE)
Deducción IBI (Madrid)Hasta 50 % para comunidades
Cumplimiento OKU

Todos nuestros paneles cumplen con RITE, CTE y el Decreto 99/2024

Los paneles OKU cuentan con certificación FSEC y FSEC, superando ampliamente los requisitos mínimos de rendimiento exigidos por la normativa.

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